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Dr. Ahmed Abouseif
Imams Academy
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Ponencia arbitrada de conferencia2013Jurisprudencia de las minorías

La mujer y la daʿwah en la sociedad occidental

Sobre la capacidad jurídica de la mujer y su derecho a la daʿwah, y las cuestiones contemporáneas de su presencia mediática y pública en Occidente

Sede:

10.ª Conferencia Anual — Asamblea de Juristas Musulmanes de América (AMJA)

Lugar:

Estados Unidos

Fecha:

Marzo de 2013

Páginas:

47

Idioma:

Árabe

Resumen

Un estudio que fundamenta la plena capacidad jurídica (ahliyyah) de la mujer en el islam —política, en la obligación religiosa, en el testimonio y en la concesión de protección— y luego aplica ese fundamento a las cuestiones contemporáneas de su daʿwah en la sociedad occidental: dar conferencias en asambleas mixtas, la aparición mediática, presentar programas, el impedimento del esposo a su actividad de daʿwah, y predicar a los hombres en mezquitas y conferencias. Entre los dos extremos del exceso y la negligencia, defiende una posición media disciplinada, sujeta a los controles de la Sharía, que hace de la mujer una parte activa de la sociedad sin libertinaje ni reclusión.

Texto completo

84 min de lectura

Investigación arbitrada presentada a la Décima Conferencia Anual de la Asamblea de Juristas Musulmanes de América (AMJA) — «Cuestiones contemporáneas que enfrenta la mujer musulmana en Occidente», 1–3 de marzo de 2013. Autor: Dr. Ahmed Muhammad ʿAlī Abū Sayf (Ahmed Abouseif), imam del Centro Islámico de Toledo–Ohio (TMCC) y antiguo director de la Dirección General de Orientación Religiosa del Ministerio de Awqāf de Egipto. (Las opiniones jurídicas vertidas en este trabajo pertenecen a su autor y no representan a la Asamblea.)

Introducción

Alabado sea Dios y loado sea Él, y que la oración y la paz sean sobre Su siervo, profeta y mensajero ﷺ. Dicho esto:

En atención al honor con que me distinguieron mis hermanos y maestros —los sabios que dirigen los trabajos de la Asamblea de Juristas Musulmanes de América (AMJA)— al encomendarme una ponencia sobre «El papel de la mujer en la daʿwah en Occidente», presento esta investigación a partir de cuanto conozco de la labor de esta Asamblea y de su función en el tratamiento de las cuestiones contemporáneas, así como de la importancia de tales academias jurídicas, que reúnen a sabios especializados en los diversos campos del saber legal islámico.

Quizá me sirva, para exponerlo, lo que declaró Su Excelencia el imam Prof. Dr. Salāh al-Sāwī —en un comunicado de prensa que ofreció al sitio al-Muslim y que reprodujeron otros sitios electrónicos(1)—, donde dijo, Dios lo guarde: la Asamblea de Juristas Musulmanes de Norteamérica es una institución científica sin fines de lucro, integrada por un grupo selecto de juristas y sabios de la Umma islámica, que aspira a esclarecer los preceptos de la Šarīʿah ante las cuestiones y los casos sobrevenidos que afrontan los residentes en América.

Los objetivos de la Asamblea se resumen en lo siguiente:

  1. Emitir fatwas sobre las cuestiones y los casos sobrevenidos que se le plantean, para esclarecer en ellos el precepto de la Šarīʿah.
  1. Elaborar investigaciones y estudios legales islámicos sobre la situación de los musulmanes en la sociedad estadounidense y sobre los problemas económicos, sociales, culturales y educativos que les van surgiendo en ella, proponer las soluciones jurídicas pertinentes y supervisar su aplicación.
  1. Estudiar y analizar cuanto se publica acerca del islam y del legado islámico en los medios de comunicación, y evaluarlo, para aprovechar lo que contenga de acertado o salir al paso de sus errores corrigiéndolos y refutándolos.
Nota (1): Sitios electrónicos: almoslim.net/node/86690 — lahona.com (show_news nid=58213) — lahona.com (show_news nid=59700).
  1. Asistir a las instituciones financieras islámicas en la elaboración de investigaciones y estudios, idear fórmulas de financiación y contratos de inversión, atender las fatwas y consultas que requieran y capacitar a sus cuadros en ello.
  1. Impartir cursos de formación para imames y directores de centros islámicos en los diversos campos jurídicos, como las cuestiones familiares, las financieras, las del arbitraje legal y otras.
  1. Fomentar la cooperación entre la Asamblea y los demás organismos y academias jurídicas, a fin de alcanzar algo semejante a un consenso universal sobre lo que es vinculante en las cuestiones de la Umma y en sus constantes.
  1. Abordar la cuestión de la ciudadanía y los derechos y deberes que esta impone a los musulmanes que gozan de tal derecho en Occidente.
  1. Apoyar la labor de los comités de arbitraje legal que establecen las comunidades islámicas en los países occidentales, revisar las decisiones y recomendaciones que estos le elevan y elaborar una codificación accesible de los preceptos jurídicos en materia de familia y transacciones financieras, que sirva de referencia a las instancias de arbitraje emergentes en Occidente.
  1. Crear el fondo de la Asamblea para el zakat y la solidaridad social, dentro de lo que permitan las leyes y los reglamentos, y obtener para ello la aprobación de las autoridades competentes(1).

Quizá la Asamblea, con tales objetivos, represente un modelo a seguir de lo que la Umma necesita de estas academias jurídicas, en torno a las cuales se cierra filas y que ahorran el padecimiento de las fatwas individuales, lanzadas a la gente en bloque pese a que su origen es un caso particular. De ello se queja el común de la gente, sobre todo desde la proliferación de los canales satelitales y la exposición de quienes hablan en ellos a las preguntas de los consultantes; pues la respuesta de un individuo difiere por completo de la fatwa de la colectividad o de la Umma. Y es sabido que cada región tiene sus usos y costumbres, que han de tenerse en cuenta al emitir en ella una fatwa, mientras no contradigan los fundamentos de la religión ni las constantes de la Šarīʿah.

Preliminar

Comprende lo siguiente:

Los términos de la investigación

La mujer (al-marʾah):

  • Se lee en el Lisān al-ʿArab(1): al-marʾ es el ser humano... al-marʾ por sus dos cosas menores: su corazón y su lengua. Y al-marʾ es el varón... maruʾa yamruʾu. Y marʾah es el femenino del varón, femenino de la palabra marʾ, y su diminutivo es (murayyah)... e imraʾah es el femenino de imruʾ... También significa «la vasija completa»; es decir, denota de modo indeterminado su rango cuando se dice: «me casé con una imraʾah», queriendo decir (completa), como se dice: «fulano es un raŷul (varón)», esto es, cabal en virilidad. Y, para empequeñecer el rango de la mujer, se dice: al-murayyah... y muruʾ (con ḍamma en la mīm): el varón.

Puede definirse el término «mujer» del modo siguiente:

  • La mujer: término árabe que designa al ser humano que Dios Altísimo creó a partir de su compañero en la vida (el varón), al que llamó «hembra», a la par de su compañero —el varón— en el sistema de derechos y deberes, legales y vitales, sin diferir de él salvo en cuanto a su naturaleza y sus funciones fisiológicas.
Nota (1): Lisān al-ʿArab, entrada (m-r-ʾ).
  • Así lo expresa la palabra del Altísimo: «¡Oh, humanos! Os hemos creado de un varón y una hembra, y os hemos hecho pueblos y tribus para que os reconozcáis unos a otros. El más noble de vosotros ante Dios es el más piadoso. En verdad, Dios es Omnisciente y está bien informado» [al-Ḥuyurāt: 13].
  • Y la palabra del Altísimo: «¡Oh, humanos! Temed a vuestro Señor, que os creó de un solo ser, del cual creó a su pareja, y de ambos hizo surgir muchos hombres y mujeres. Temed a Dios, en cuyo nombre os reclamáis mutuamente, y respetad los lazos de parentesco. En verdad, Dios os observa» [al-Nisāʾ: 1].
  • Y se ha dicho: es ese ser delicado que se une al varón en el origen de la creación y difiere de él en la constitución fisiológica(1).
  • Y se ha dicho: la mujer es esa criatura que es regazo de los hombres y educadora de las generaciones; es el bastión inexpugnable de la sociedad, que, si se derrumba, arrastra consigo a la familia.

La daʿwah:

al-Daʿwah y al-duʿāʾ significan «pedir»; y convocar a algo es incitar a dirigirse hacia ello. La daʿwah a Dios es invitar a creer en Él, a adorarle solo a Él sin asociarle nada, a obrar en obediencia a Él y a abandonar Su desobediencia; pues Dios, glorificado sea, creó a la creación para Su adoración, como dijo el Altísimo: «No he creado a los genios ni a los humanos sino para que me adoren. No quiero de ellos sustento alguno ni quiero que me alimenten. En verdad, Dios es el Sustentador, el Dotado de fuerza, el Firme»(2). Dios ordenó convocar hacia Su camino, devolver a los extraviados, enseñar a los ignorantes y advertir a los descuidados; por ello reveló Sus Libros y envió a Sus mensajeros para llamar hacia Él, e invitó a Sus siervos a retornar a Él por boca de Sus mensajeros, diciendo el Altísimo: «Hace descender a los ángeles con la revelación, por orden Suya, sobre quien Él quiere de Sus siervos: "Advertid que no hay más divinidad que Yo. Temedme, pues"»(3).

Notas: (1) «El papel de la mujer en la daʿwah y la reforma de la sociedad», del Dr. Ṭāhir Mahdī al-Bulī, miembro del Consejo Europeo de Fatwa e Investigación, profesor de Fiqh comparado, Uṣūl y Maqāṣid en la Academia de Ciencias Islámicas de Bruselas. (2) Sura al-Ḏāriyāt, aleyas 56–58. (3) Sura al-Naḥl, aleya 2.

Y dijo el Altísimo: «Mensajeros portadores de buenas nuevas y advertidores, para que los humanos no tuvieran, tras los mensajeros, argumento alguno frente a Dios»(1); para que fuesen impelidos hacia el camino del Paraíso y se salvasen del Fuego, pues «Dios convoca al Paraíso y al perdón, con Su permiso»(2), «Dios convoca a la Morada de la Paz»(3), «Os convoca para perdonaros parte de vuestros pecados y aplazaros hasta un plazo determinado»(4).

Lo que se entiende por daʿwah en el uso corriente es exhortar a la gente al bien y a la guía, ordenar el bien y prohibir el mal, para que se gane la felicidad de esta vida y de la otra. Es de tres tipos:

El primero: la convocatoria de la comunidad muhammadiana a todas las naciones hacia el islam, para que compartan con ella la guía y la religión de la verdad en que se halla. Este es el deber de esta Umma por haber sido hecha la mejor comunidad surgida para los humanos, y por aquella descripción de los creyentes a quienes se permitió combatir, en la palabra del Altísimo: «Aquellos que, si les damos poder en la tierra, establecen la oración, dan el zakat, ordenan el bien y prohíben el mal» [al-Ḥaŷŷ: 41].

El segundo: la convocatoria de los musulmanes unos a otros hacia el bien, conforme a la palabra de Él, glorificado sea: «¿Por qué, pues, no parte de cada grupo de ellos una facción...?» [al-Tawbah: 122], hasta el final de la aleya.

El tercero: el que tiene lugar entre los individuos, indicándose unos a otros el bien y estimulándose a él, y previniéndose del mal y advirtiéndose contra él, conforme a la palabra del Poderoso y Majestuoso: «Por el tiempo. En verdad, el ser humano está en pérdida, salvo quienes creen, obran rectamente, se exhortan mutuamente a la verdad y se exhortan mutuamente a la paciencia» [al-ʿAsr: 1–3], «¿Y quién habla mejor que quien convoca a Dios...?» [Fussilat: 33], es decir, a la religión de Dios.

Notas: (1) Sura al-Nisāʾ, aleya 165. (2) Sura al-Baqarah, aleya 221. (3) Sura Yūnus, aleya 25. (4) Sura Ibrāhīm, aleya 10. (5) Wahba al-Zuḥaylī, al-Tafsīr al-Munīr (8/506).

Sus condiciones son tres:

La primera: que con ella se busque el rostro de Dios, Majestuoso y Excelso, y que el predicador no persiga recompensa distinta de esa: ni provecho mundanal, ni el elogio de la gente, sus alabanzas o su cercanía.

La segunda: que el predicador siga en ella el camino del Mensajero de Dios ﷺ, de modo que no convoque conforme a normas que él mismo o el grupo que lo rodea establezcan; su daʿwah ha de ajustarse a la Sunna del Profeta ﷺ.

La tercera: que el predicador obre con clarividencia en su daʿwah; es decir, que posea conocimiento y comprensión de aquello a lo que convoca, de modo que sepa en qué consiste y qué debe dejarse y evitarse; pues, de no ser así, su daʿwah corromperá más de lo que reforma(1).

Y si la gente de una región o de un país no cumple cabalmente con la daʿwah, el pecado se generaliza y el deber recae sobre todos: cada persona ha de cumplir con la daʿwah según su capacidad y sus medios.

Así, cuando escasean los predicadores, se multiplican los actos reprobables y prevalece la ignorancia, la daʿwah se convierte en obligación individual (fard ʿayn) sobre cada uno según su capacidad. Quizá ese sea el sentido de las palabras del Profeta ﷺ en el hadiz: «Quien de vosotros vea un acto reprobable, que lo corrija con su mano; si no puede, con su lengua; y si no puede, con su corazón, y eso es lo más débil de la fe»(1). De ahí se comprende que su carácter de obligación individual o de obligación colectiva (fard kifāyah) es relativo y variable; pues la daʿwah puede ser obligación individual para unos pueblos y unas personas, y sunna para otras personas y pueblos, porque en su saber y en su lugar ya hubo quien cumpliera con el deber y bastara en su nombre.

La sociedad occidental: al destacar este término he querido aludir a lo que atañe a nuestra investigación de las grandes diferencias que median entre ambas sociedades, la occidental y la oriental, en especial en lo relativo a la daʿwah y a cuanto la acompaña de diferencias de lengua, tradiciones y culturas.

  • En cuanto a la lengua: las ciencias legales islámicas se consignaron en su origen en lengua árabe, dotada de la notoria elocuencia y elocución que le es propia; de ahí que no resulte fácil comprenderlas ni penetrarlas salvo a los especialistas y a los entendidos; y eso no está al alcance de los hijos e hijas de los entornos en que el árabe es la segunda lengua y no la primera.
Nota (1): Lo transmitió Muslim (49), de Abū Saʿīd al-Judrī.
  • En cuanto a las tradiciones: «tradiciones» es el plural de «tradición» (taqlīd), esto es, el conjunto de aquello a lo que los miembros de cada sociedad se habituaron y que tuvieron por reglas que ordenan la marcha de esa sociedad y cuya observancia esperan en las distintas situaciones, imitando en ello a sus predecesores.

Procede del verbo «qallada taqlīdan» (imitar), y significa asimismo que una generación imite los modos de la que la precedió y siga por ellos, sea en el vestir, en la conducta y los comportamientos, o en las creencias y las diversas obras que el sucesor hereda del antecesor(1).

Los árabes detestan instaurar costumbres nuevas que se superpongan a las heredadas, por temor a que en ellas haya algo que prive a su sociedad de alguna de las nobles cualidades cuya pervivencia desean preservar; y dicen al respecto: «Suprime una costumbre, mas no instaures otra».

Notas: (1) Las costumbres (al-ʿādāt): plural de «costumbre» (ʿādah), del verbo «ʿāda yaʿūdu» (volver); se dice: «lo asaltó el anhelo o la añoranza», es decir, le volvió una y otra vez; y se dice: «lo acostumbré a tal cosa», es decir, hice que volviera a ello hasta que se le convirtió en costumbre. El significado corriente de esta palabra es: aquellas cosas que la gente se cría haciendo o ejecutando, y que se repiten hasta volverse algo familiar y conocido; es un patrón de conducta o comportamiento que se reitera hasta cumplirse de forma automática. La costumbre, pues, es aquello cuya repetición la convierte en hábito, y a lo que las miradas se habitúan por verlo con frecuencia en la vida cotidiana de la gente. (2) En las sociedades tradicionales: es lo que la persona recibe de sus padres y de su sociedad en materia de creencias, costumbres, ciencias y valores.

Capítulo Primero: El rango de la mujer en el islam

Dijo ﷺ: «Las mujeres son las hermanas gemelas de los hombres»(1).

La mujer es el fundamento de la sociedad, pues es la madre, la esposa, la hermana, la hija, la tía paterna y la tía materna —como el padre, el hijo, el hermano, el tío paterno y el tío materno—. Es la mitad de la sociedad humana, ya que el ser humano, en el origen de la creación, no es sino varón y hembra, u hombre y mujer; y toda sociedad natural no es sino esposo y esposa. Dijo el Altísimo: «¡Oh, humanos! Os hemos creado de un varón y una hembra, y os hemos hecho pueblos y tribus para que os reconozcáis unos a otros. El más noble de vosotros ante Dios es el más piadoso. En verdad, Dios es Omnisciente y está bien informado»(2).

«¡Oh, humanos! Temed a vuestro Señor, que os creó de un solo ser, del cual creó a su pareja, y de ambos hizo surgir muchos hombres y mujeres. Temed a Dios, en cuyo nombre os reclamáis mutuamente, y respetad los lazos de parentesco. En verdad, Dios os observa»(3).

Y dijo el Altísimo: «Os creó de un solo ser, del cual hizo a su pareja, e hizo descender para vosotros ocho parejas de ganado. Os crea en los vientres de vuestras madres, creación tras creación, en tres tinieblas. Ese es Dios, vuestro Señor; Suyo es el dominio. No hay más divinidad que Él. ¿Cómo, pues, os apartáis?»(4).

La mujer es, por tanto, la mitad de la sociedad en lo sensible y en lo significativo. En lo material, ello es evidente: en el censo de población, el número de mujeres suele ser mayor que el de hombres o, cuando menos, igual a él. Y en cuanto al

Notas: (1) «Las mujeres son las hermanas gemelas de los hombres»: lo transmitieron Abū Dāwūd (236), al-Tirmiḏī (113), Ibn Māŷah (612) y Aḥmad (26195), de ʿĀʾišah; al-Albānī lo calificó de ṣaḥīḥ. (2) Aleya 13 de la sura al-Ḥuyurāt. (3) Aleya 1 de la sura al-Nisāʾ. (4) Aleya 6 de la sura al-Zumar.

significado, la mujer es sosiego para el esposo: ni la estabilidad de su vida, ni la construcción de su familia, ni la realización de sus esperanzas y anhelos se completan sino mediante la presencia de la esposa junto a él.

Es asimismo la mitad de la sociedad en lo que toca a la preparación, la educación y la formación de las generaciones, pues asume la parte fundamental de la crianza de las generaciones musulmanas en la infancia, hasta entregarlas a los padres y a los hombres al despuntar la pubertad, la responsabilidad legal y la adolescencia, etapa en la que también participa. Más aún: la gestación natural del feto representa un eje de referencia en la consideración y la valoración —no en cuanto al origen de la creación de la mujer como criatura de Dios Altísimo, sino en cuanto a la valoración de su papel y su rango.

El rango de la mujer en el islam alcanzó una altura que no había conocido ninguna religión anterior ni había de alcanzar ninguna nación posterior.

La mujer en el Corán: la palabra «mujer» (imraʾah) aparece en el Corán veinticuatro veces, cargada de los sentidos de hombría de bien, castidad y humanidad. Es aquella cuya palabra escuchó Dios mientras disputaba; aquella a quien se le dijo: «refresca tu ojo y no te entristezcas», sabedora de que la promesa de Dios es verdad; aquella sobre quien Dios reveló aleyas con que afirmó su corazón. Dijo el Altísimo: «Su Señor les respondió: "No dejaré perder la obra de ninguno de vosotros que obre, sea varón o hembra; unos procedéis de otros"» [Āl ʿImrān: 195].

Desde la mujer de ʿImrān hasta la mujer del ʿAzīz; desde aquella mencionada en el contexto de la fe hasta aquella a quien se le anunció a Isaac como profeta de entre los justos; desde Bilqīs, que reinó y a quien se le dio de todo, hasta las dos jóvenes de Madyan; desde la mujer del faraón, que prefirió la cercanía de su Señor a la riqueza de su esposo, hasta aquella creyente —Dios esté complacido con ella— que se ofreció a la mejor de las criaturas de Dios ﷺ. Frente a ellas, las que fueron de los que perecieron: la mujer de Noé, la mujer de Lot y la portadora de la leña. El Sagrado Corán dio cuenta de la mujer en todos sus estados y noticia de todos sus papeles.

El honor que el islam confiere al ser humano lo comparten por igual la mujer y el hombre. Dijo el Altísimo: «Hemos honrado a los hijos de Adán, los hemos transportado por la tierra y por el mar, los hemos provisto de cosas buenas y los hemos preferido claramente sobre muchas de las criaturas que hemos creado»(1).

En esta vida ambos son iguales, pues el llamamiento de las obligaciones legales se dirigió a uno y otra por igual: la orden de creer en Dios, en Sus ángeles, en Sus Libros, en Sus mensajeros y en el Último Día; las prescripciones de oración, ayuno, zakat y peregrinación; y los deberes sociales como la piedad filial y el mantenimiento de los lazos de parentesco. No existe distinción alguna entre el hombre y la mujer en el principio de la imputación de tales deberes ni en la responsabilidad por ellos. Y cuanta diferencia hubo en ello fue en favor de la mujer, en atención a su naturaleza y por consideración hacia ella —como el levantamiento de la oración durante la menstruación y el puerperio, o el aplazamiento del ayuno y de algunos ritos de la peregrinación en ese período. Dijo el Altísimo: «Estableced la oración y dad el zakat. El bien que adelantéis para vosotros mismos lo hallaréis ante Dios. En verdad, Dios ve bien lo que hacéis»(2).

Y dijo el Altísimo: «Los creyentes y las creyentes son aliados unos de otros: ordenan el bien y prohíben el mal, establecen la oración, dan el zakat y obedecen a Dios y a Su Mensajero. De esos tendrá Dios misericordia. En verdad, Dios es Poderoso y Sabio»(3). Y dijo el Altísimo: «Tu Señor ha decretado que no adoréis sino a Él, y que tratéis bien a los padres. Si uno de ellos, o ambos, alcanzan la vejez junto a ti, no les digas "uf", ni los reprendas, y háblales con palabra noble. Baja por ellos el ala de la humildad, por misericordia, y di: "¡Señor mío! Ten misericordia de ellos, como ellos me criaron cuando era pequeño"»(4).

En cuanto a la recompensa y el castigo derivados de las obras, también son iguales: quien obra rectamente, varón o hembra, recibe la misma recompensa que el otro; y quien comete maldades, varón o hembra, recibe el mismo castigo. Dijo

Notas: (1) Aleya 70 de la sura al-Isrāʾ. (2) Aleya 110 de la sura al-Baqarah. (3) Aleya 71 de la sura al-Tawbah. (4) Aleyas 23–24 de la sura al-Isrāʾ.

el Altísimo: «Su Señor les respondió: "No dejaré perder la obra de ninguno de vosotros que obre, sea varón o hembra; unos procedéis de otros. A quienes emigraron, fueron expulsados de sus hogares, padecieron daño en Mi camino, combatieron y fueron muertos, les borraré sus malas obras y los introduciré en jardines por los que corren los ríos, como recompensa de parte de Dios. Y junto a Dios está la mejor recompensa"»(1).

Y dijo el Altísimo: «A quien obre rectamente, varón o hembra, siendo creyente, le haremos vivir una vida buena, y les recompensaremos según lo mejor que hicieron» [al-Naḥl: 97]. Y dijo —glorioso es quien lo dijo—: «Y quien obre rectamente, varón o hembra, siendo creyente, esos entrarán en el Paraíso y no se les perjudicará en lo más mínimo» [al-Nisāʾ: 124].

En cuanto al merecimiento, también son iguales. Dijo el Altísimo: «A los hombres corresponde una parte de lo que dejan los padres y los parientes más cercanos, y a las mujeres corresponde una parte de lo que dejan los padres y los parientes más cercanos»(2). Y dijo, ensalzada sea Su loa: «Ellas tienen derechos equivalentes a sus deberes, conforme a lo reconocido»(3). Y dijo el Altísimo: «Su Señor les respondió: "No dejaré perder la obra de ninguno de vosotros que obre, sea varón o hembra"»(4).

Este honor con que la mujer fue distinguida en el islam no tiene parangón en ninguna otra doctrina o secta; pues en el islam no está despojada de derechos, ni es un trasto desechado, ni un ser sin alma, ni —a ojos del islam— un símbolo de la obra del demonio. Nadie tiene derecho —en nombre de la religión— a venderla ni a comprarla. Le asisten su derecho a la vida, a elegir esposo, y a disponer de sus bienes ganándolos, desplazándose y comerciando conforme a lo reconocido. Su misión en la vida no termina con la muerte de su esposo, ni recae sobre ella la maldición por el mero hecho de discrepar con él o de pedir la separación conforme a lo reconocido —al contrario de como se la describió en el judaísmo, donde se la tachó de «más amarga que la muerte», y aún por debajo de ello, lo que viene en el Antiguo

Notas: (1) Aleya 195 de la sura Āl ʿImrān. (2) Aleya 7 de la sura al-Nisāʾ. (3) Aleya 228 de la sura al-Baqarah. (4) Aleya 195 de la sura Āl ʿImrān.

Testamento: «Volví mi corazón a conocer, a investigar y a buscar la sabiduría y la razón, y a reconocer la maldad como necedad y la insensatez como locura; y hallé más amarga que la muerte a la mujer que es una red, cuyo corazón es lazos y cuyas manos son cadenas. El que es bueno ante Dios escapa de ella, mas el pecador queda atrapado por ella...»(1).

Y la cosa no difiere mucho en las edades media y moderna, en las que se tenía a la mujer por una criatura de segunda categoría, o se la convertía en objeto de deliberación: ¿es un ser humano o no?; ¿fue creada para una misión distinta de la de servir al hombre?; ¿tiene derecho, como los hombres, a poseer cosas y bienes?; ¿puede donar, vender o comprar? El artículo doscientos diecisiete del código francés estipulaba lo siguiente: «La mujer casada —aun cuando su matrimonio se asiente sobre la separación entre su patrimonio y el de su esposo— no puede donar, ni transmitir su propiedad, ni hipotecar, ni adquirir a título oneroso o gratuito, sin la participación de su esposo en el contrato o su consentimiento por escrito».

En cuanto al estado de la mujer contemporánea en Europa, el asunto no se le oculta a quien tenga entendimiento, preste oído o quiera discernir la verdad: de una apariencia que excita los instintos y seduce a la imitación, a un infierno encendido en hogares donde se ejerce la violencia soterrada; de las quejas por la opresión psicológica de las mujeres, a las tasas de suicidio y los índices de divorcio —todo ello revela una realidad de humillación envuelta en el oropel de las palabras y la dulzura del discurso. Y nada lo demuestra mejor que su explotación, corporal y como reclamo, en la promoción de mercancías y la venta de productos: ella es el gran escaparate para atraer clientes a los grandes almacenes y, aunque perciba a cambio mucho o poco dinero, no obtendrá por ello aprecio alguno, ni de los suyos ni de los demás.

Después, no bien deja de poder trabajar, su destino es recluirse en hogares a los que nadie acude ni llama, salvo las deudas que la acosan acumulándose y una situación que no cesa de empeorar; y aunque exista una ayuda del Estado, esta no suplirá el

Nota (1): Eclesiastés, capítulo 7: 25–26.

apoyo psicológico que la pura Šarīʿah garantizó a la mujer «madre», cuando el Profeta ﷺ la antepuso al padre en el hadiz; pues dijo de ella el Profeta ﷺ: «Tu madre, luego tu madre, luego tu madre, y después tu padre»(1). Es la madre bajo cuyos pies puso el Profeta ﷺ el Paraíso, y a quien, junto al padre, situó en el centro del Paraíso, de modo que no se accede a él sino por ambos; pues dijo Dios, Majestuoso y Excelso: «Tu Señor ha decretado que no adoréis sino a Él, y que tratéis bien a los padres» [al-Isrāʾ: 23].

La madre, por ello, es más merecedora de prioridad en el cuidado y la atención, incluso por encima del padre, con todo lo que sabemos de la entrega, la fatiga y el afán de este; pero la Šarīʿah valora en la madre aquella primera entrega que nadie podrá igualar jamás, y reconoce a la mujer su derecho por haber gestado y dado a luz(2). Luego viene el padre en el rango siguiente —si bien el asunto no está exento, en sede de fatwa, de la consideración del estado de cada parte según su necesidad; pues el cuidado del padre enfermo se antepone al cuidado equivalente de la madre sana, y se opta por anteponer a la madre cuando el estado de ambos es igual.

Más aún, el Profeta ﷺ enarbola el lema «El Paraíso está bajo los pies de las madres», según transmitió Muʿāwiyah ibn Ŷāhimah, quien dijo: vino un hombre al Mensajero de Dios ﷺ —es decir, Ŷāhimah— y dijo: «¡Oh, Mensajero de Dios! He querido salir a combatir y he venido a consultarte». Dijo: «¿Tienes madre?». Dijo: «Sí». Dijo: «Quédate con ella, pues el Paraíso está bajo sus pies». Y se lo repitió una segunda y una tercera vez, en sesiones distintas(3).

Notas: (1) Acordado (al-Bujārī 5971 y Muslim 2548), de Abū Hurayra. (2) De cierto árabe se cuenta que cargó a su madre sobre la espalda mientras decía en su canto de camellero: «Cargo a mi madre, que fue ella quien me cargaba... me amamantó con la leche y la fatiga... y no se recompensa a una madre con dádiva» (Es un relato mawqūf literario muy conocido que no se establece por una cadena fuerte; se cita con la fórmula de la debilidad). (3) El hadiz de Muʿāwiya b. Ŷāhima, «Quédate con ella, pues el Paraíso está bajo sus pies»: lo transmitieron al-Nasāʾī (3104), Aḥmad (15538) e Ibn Māŷah; ḥasan. La formulación popular «El Paraíso está bajo los pies de las madres» no se establece como hadiz marfūʿ con esa forma exacta.

Dice el autor de al-Manār:

  • Algunos seres humanos, de los francos y de otros pueblos, tenían a la mujer por una de las bestias irracionales o por uno de los demonios, no por un ser humano; entonces vino el islam a invalidar tal idea con la palabra de Él, glorificado sea: «¡Oh, humanos! Os hemos creado de un varón y una hembra» [al-Ḥuyurāt: 13], hasta el final de la aleya, y con Su palabra: «Os creó de un solo ser, del cual creó a su pareja, y de ambos hizo surgir muchos hombres y mujeres» [al-Nisāʾ: 1], y con cuanto está en su sentido.
  • Algunos seres humanos, de los francos y de otros pueblos, opinaban que no cabía que la mujer tuviera religión, hasta el punto de prohibirle oficialmente leer los libros sagrados; entonces vino el islam dirigiendo las obligaciones religiosas a hombres y mujeres por igual, con las expresiones «los creyentes y las creyentes» y «los musulmanes y las musulmanas»(1).

Y de la honra de Dios Altísimo a la mujer es lo que viene en el Sagrado Corán en Su palabra: «Los creyentes y las creyentes son aliados unos de otros» [al-Tawbah: 71]; pues Dios afirmó para las creyentes, junto con los creyentes, la tutela (walāyah) plena, que comprende la tutela de la hermandad, la cooperación financiera y social, y la del auxilio bélico y político —salvo que la Šarīʿah eximió a las mujeres de la obligación de combatir efectivamente. Las mujeres del Profeta ﷺ y de sus Compañeros salían a las expediciones con los hombres: daban de beber, preparaban la comida, vendaban las heridas y alentaban al combate. Y se ha establecido en el Sahīh que Fátima —la paz sea con ella—, hija del Mensajero de Dios ﷺ, llevaba los odres de agua —ella, Umm Sulaym y otras— a los heridos en la batalla de Uhud, les daban de beber y les lavaban las heridas. Y cuando el Mensajero de Dios ﷺ fue herido, fue Fátima —la paz sea con ella— quien se encargó de lavar y vendar su herida.

Nota (1): Tafsīr al-Qurʾān al-Hakīm (Tafsīr al-Manār) de Muhammad Rašīd Riḍā (fallecido en 1354 H).

La capacidad jurídica (ahliyyah) de la mujer en el islam

La persona física es el ser humano, varón o mujer; pues Dios, Poderoso y Majestuoso, creó al ser humano y lo dotó de la aptitud para la imputación legal (taklīf), al ponerle la facultad de comprender el llamamiento y la capacidad de elegir, de modo que se hiciera apto para el cumplimiento, por acción o por omisión.

Esta aptitud es la «capacidad jurídica» (ahliyyah); es decir, la cualidad en virtud de la cual el ser humano se hace apto para que el llamamiento del Legislador se vincule con sus actos y sus palabras. Se asienta esencialmente en la condición humana, y su criterio es la mesura del raciocinio; de su concurrencia en el ser humano se deriva la fijación de un conjunto de deberes sobre él y de un conjunto de derechos e intereses para él, imprescindibles para que cumpla con esos deberes.

La capacidad jurídica es condición de todos los actos en que operan la validez y la nulidad. Del mismo modo, las prácticas de adoración requieren dos tipos de capacidad: una para la validez de la práctica que la persona realiza, y otra para que dicha práctica le resulte obligatoria. Asimismo, las sanciones penales, en sus distintos tipos, exigen para su procedencia, legal y jurídicamente, la existencia de una capacidad en el infractor para soportar la consecuencia y la responsabilidad penal.

Y dado que esta investigación se ocupa de la capacidad jurídica de la mujer, trazar sus rasgos en el fiqh islámico, esclarecer sus límites y determinar hasta qué punto es independiente, deficiente o subordinada a otro, así como precisar aquello en que difiere de la del hombre, exige tener presente el fin por el cual Dios Altísimo creó al género humano sobre la tierra, expresado en Su palabra: «No he creado a los genios ni a los humanos sino para que me adoren. No quiero de ellos sustento alguno ni quiero que me alimenten. En verdad, Dios es el Sustentador, el Dotado de fuerza, el Firme».

La imputación de la adoración exige en el imputado una capacidad jurídica acorde con la naturaleza de dicha imputación. Y el trato del Profeta ﷺ a hombres y mujeres se fundaba en esta legislación, en lo que reconoció a la mujer del honor de la imputación, igual que al hombre, y en los preceptos que le exigió, sin diferencia alguna que supusiera menoscabo o despojo de su derecho. El islam se propuso afirmar la capacidad jurídica de la mujer en todos los aspectos de la religión y de la vida, y estos son algunos de sus ejemplos.

La capacidad jurídica política

El juramento de fidelidad (bayʿah) que el Profeta ﷺ tomó a las mujeres, igual que a los hombres, es el mejor testimonio de su capacidad jurídica. Y es de notar que el Profeta ﷺ tomó juramento a las mujeres de los Ansār en la ʿAqabah de Minà antes de la Hégira, y les tomó el segundo gran juramento, el de la protección —es decir, la defensa— de aquello de lo que protegen a sus mujeres y a sus hijos. Y tomó juramento a los creyentes bajo el árbol, en al-Ḥudaybiyah, de que no huirían ante la muerte, en el año sexto de la Hégira. El texto del juramento de las mujeres se recoge en la sura al-Mumtaḥanah, en la palabra del Altísimo: «¡Oh, Profeta! Cuando vengan a ti las creyentes para jurarte fidelidad, comprometiéndose a no asociar nada a Dios, a no robar, a no fornicar, a no matar a sus hijos, a no proferir calumnia que urdan entre sus manos y sus pies, y a no desobedecerte en lo reconocido, acéptales el juramento y pide a Dios perdón por ellas. En verdad, Dios es Indulgente, Misericordioso»(1).

Descendió el día de la conquista de La Meca, y el Profeta ﷺ tomó con ella juramento a las mujeres sobre al-Safā, tras haber concluido el de los hombres sobre el islam y el yihad; y ʿUmar ibn al-Jaṭṭāb transmitía las palabras de ellas, de pie por debajo de él.

Hind bint ʿUtbah, mujer de Abū Sufyān ibn Ḥarb, presenció este juramento de las mujeres, cubierta con el niqāb y disimulada entre ellas para que el Mensajero de Dios ﷺ no la reconociera —ella, que había arrancado y masticado el hígado de Hamzah el día de Uhud. Dijo el Mensajero de Dios ﷺ: «Os tomo juramento de "que no asociaréis nada a Dios"(2)», y entonces Hind alzó la cabeza y dijo: «¡Por Dios! Nos exiges algo que no te vimos exigir a los hombres» —pues nosotros jurábamos a los hombres sobre el islam y el yihad. Dijo el Profeta ﷺ: «"que no robaréis"», y dijo Hind: «Abū Sufyān es un hombre avaro, y yo he tomado de su dinero; no sé si eso es lícito o no». Dijo Abū Sufyān: «Lo que hayas tomado en lo pasado y en lo venidero es lícito para ti». Entonces rió el Mensajero de Dios ﷺ y la reconoció, y dijo: «Tú eres, en verdad, Hind bint ʿUtbah». Dijo ella: «Sí; perdona lo pasado, Dios te perdone». Dijo: «"que no fornicaréis"», y dijo ella: «¿Acaso fornica la mujer libre?». Dijo: «"que no mataréis a vuestros hijos"», y dijo ella: «Los criamos pequeños y los matasteis vosotros mayores; vosotros y ellos sabréis» —pues su hijo Ḥanẓalah ibn Abī Sufyān había caído el día de Badr. Entonces rió ʿUmar —Dios esté complacido con él—

Notas: (1) Aleya 12 de la sura al-Mumtaḥanah. (2) De la aleya 12 de la sura al-Mumtaḥanah.

hasta caer de espaldas, y sonrió el Mensajero de Dios ﷺ. Dijo: «"y a no proferir calumnia que urdan entre sus manos y sus pies"», esto es, atribuir al esposo un hijo que no es suyo. Dijo Hind: «¡Por Dios! La calumnia es algo abominable, y no nos ordenas sino la rectitud y las nobles cualidades». Dijo: «"y a no desobedecerte en lo reconocido"». Dijo Hind: «No nos hemos sentado en esta reunión con intención alguna de desobedecerte en nada». Entonces las mujeres acataron lo que él les exigió, y el Profeta ﷺ les decía al tomarles juramento: «En la medida en que podáis y os sea posible», y ellas decían: «Dios y Su Mensajero son más misericordiosos con nosotras que nosotras mismas».

Luego el Mensajero de Dios ﷺ tomó a los hombres el juramento de las mujeres, como en el hadiz de ʿUbādah ibn al-Sāmit, acordado por al-Bujārī y Muslim, quien dijo: estábamos con el Mensajero de Dios ﷺ en una reunión, y dijo: «Juradme fidelidad de que no asociaréis nada a Dios, no robaréis, no fornicaréis y no mataréis a vuestros hijos» —y recitó la aleya que se tomó a las mujeres: «Cuando vengan a ti las creyentes»— «Quien de vosotros cumpla, su recompensa está en Dios; quien cometa algo de eso y sea castigado por ello, le será expiación; y a quien cometa algo de eso y Dios se lo encubra, queda librado a Dios: si quiere lo perdona, y si quiere lo castiga».

Y transmitió el imam Ahmad que Fátima bint ʿUtbah vino a jurar fidelidad al Mensajero de Dios ﷺ, y él le tomó juramento de «que no asociaran nada a Dios, no robaran ni fornicaran»(1); ella se llevó la mano a la cabeza por pudor, y a él le agradó lo que vio de ella. Entonces ʿĀʾišah dijo: «Acéptalo, mujer, pues, ¡por Dios!, no juramos sino sobre esto». Dijo: «Bien, entonces». Y él le tomó el juramento con la aleya.

Su capacidad jurídica para las obligaciones legales

Es objeto de consenso —y sabido de la religión por necesidad— que sobre las mujeres recaen los pilares del islam igual que sobre los hombres, y que ella está concernida por todas las ramas de la Šarīʿah; salvo que la oración se le levanta a la mujer durante la menstruación y el puerperio de forma absoluta, de modo que la deja y no la repone, por su frecuencia. En cuanto al ayuno, se le levanta durante ese período, y repone los días de Ramadán que hubiera dejado, por su escasez. Y su peregrinación es válida en todo estado, pero no circunvala la Casa Sagrada sino en estado de pureza.

Notas: (1) De la aleya 12 de la sura al-Mumtaḥanah. (2) De la aleya 12 de la sura al-Mumtaḥanah.

Su capacidad jurídica para la recompensa y el castigo

Dios hizo a la mujer igual que al hombre en la cuestión de la recompensa y el castigo, y dijo: «A quien obre rectamente, varón o hembra, siendo creyente, le haremos vivir una vida buena, y les recompensaremos según lo mejor que hicieron»(1). Y Su palabra: «No será conforme a vuestros deseos ni a los deseos de la gente del Libro: quien obre un mal será retribuido por ello, y no hallará para sí, fuera de Dios, ni protector ni auxiliador. Y quien obre rectamente, varón o hembra, siendo creyente, esos entrarán en el Paraíso y no se les perjudicará en lo más mínimo»(2). Y esto en cuanto a la retribución que las obras acarrean en esta vida.

En cuanto a la recompensa y el castigo de la otra vida, está Su palabra: «Quien obre un mal solo será retribuido con su equivalente, y quien obre rectamente, varón o hembra, siendo creyente, esos entrarán en el Paraíso, donde serán provistos sin medida» [Gāfir: 40].

Y Su palabra sobre los dotados de entendimiento, que lo recuerdan mucho, reflexionan sobre la creación de los cielos y la tierra y le suplican: «Su Señor les respondió: "No dejaré perder la obra de ninguno de vosotros que obre, sea varón o hembra; unos procedéis de otros"»(3); en ella les prometió a todos introducirlos en el Paraíso y darles la mejor recompensa.

Y Su palabra: «En verdad, los musulmanes y las musulmanas, los creyentes y las creyentes, los obedientes y las obedientes, los veraces y las veraces, los pacientes y las pacientes, los humildes y las humildes, los que dan caridad y las que la dan, los que ayunan y las que ayunan, los que guardan sus partes íntimas y las que las guardan, los que recuerdan mucho a Dios y las que lo recuerdan: Dios les ha preparado perdón y una recompensa inmensa»(4).

Notas: (1) Aleya 97 de la sura al-Naḥl. (2) Aleyas 123–124 de la sura al-Nisāʾ. (3) De la aleya 195 de la sura Āl ʿImrān. (4) Aleya 35 de la sura al-Aḥzāb.

De ʿAbd al-Raḥmān ibn Šaybah: oí a Umm Salamah, esposa del Profeta ﷺ, decir: dije al Profeta ﷺ: «¿Por qué no se nos menciona en el Corán como se menciona a los hombres?». Y un día, sin esperarlo, lo oí llamar desde el almimbar mientras yo me peinaba; recogí mi cabello, salí a una de las estancias de mi casa y me puse a escuchar junto al almimbar, y he aquí que decía: «En verdad, los musulmanes y las musulmanas, los creyentes y las creyentes», hasta el final de la aleya(1).

Y este asunto preocupaba entonces a un grupo de mujeres; pues se transmitió de Umm ʿUmārah al-Ansāriyyah —Dios esté complacido con ella— que vino al Profeta ﷺ y dijo: «No veo que todo sea sino para los hombres, y no veo que se mencione a las mujeres en nada», y entonces descendió esta aleya: «En verdad, los musulmanes y las musulmanas, los creyentes y las creyentes»(2).

Y Su palabra: «Dios ha prometido a los creyentes y a las creyentes jardines por los que corren los ríos, en los que estarán eternamente, y moradas agradables en los jardines del Edén; y una complacencia de Dios es aún mayor. Ese es el triunfo inmenso» [al-Tawbah: 72].

Su capacidad jurídica para dar protección a otro, aunque sea de los no musulmanes

De los derechos políticos de la mujer en el islam es que, si concede protección o seguridad a alguno de los enemigos combatientes, ello surte efecto. Umm Hāniʾ dijo al Profeta ﷺ —y era hija de su tío Abū Ṭālib— el día de la conquista de La Meca: «He dado protección a dos hombres de la familia de mi esposo», y dijo el Profeta ﷺ: «Damos protección a quien tú la diste, oh Umm Hāniʾ»(3). Y en algunas versiones, que ella dio protección a un hombre y su hermano ʿAlī —Dios ennoblezca su rostro— quiso matarlo; ella se quejó de él al Profeta ﷺ, quien concedió seguridad al hombre y validó la protección que ella le había otorgado.

Notas: (1) Lo transmitieron Aḥmad (26575), al-Nasāʾī en al-Sunan al-Kubrà y al-Ṭabarī, de Umm Salama; ṣaḥīḥ — es la ocasión de la revelación de al-Aḥzāb (35). (2) Lo mencionó al-Tirmiḏī (ḥasan); el relato preservado sobre la ocasión de la revelación de al-Aḥzāb (35) es el de Umm Salama. (3) Acordado: al-Bujārī (357; también 3171) y Muslim (336), de Umm Hāniʾ; el añadido «y damos protección a quien tú protejas» está en Abū Dāwūd.

Y en un hadiz hasan de al-Tirmiḏī, de Abū Hurayrah, del Profeta ﷺ, dijo: «En verdad, la mujer puede dar protección en nombre del pueblo» —es decir, la protección que otorga a los musulmanes el más humilde de ellos es vinculante. Y de ʿĀʾišah, madre de los creyentes: «En verdad, la mujer da protección a los creyentes y es válida». E Ibn al-Munḏir transmitió que los musulmanes consensuaron la validez de la protección y la seguridad otorgadas por la mujer.

Su capacidad jurídica para el testimonio, y lo que de ahí se deriva en cuanto a la celebración de contratos y la ejecución de los preceptos legales

De los testimonios es también lo que estipuló el Corán: que la mujer es igual que el hombre en el testimonio del liʿān, prescrito por el Corán entre los cónyuges cuando el hombre acusa a su esposa de adulterio sin tener testigos de lo que dice: «Y quienes acusen a sus esposas y no tengan más testigos que ellos mismos, el testimonio de uno de ellos será jurar cuatro veces por Dios que dice la verdad, y, la quinta, invocar que la maldición de Dios caiga sobre él si miente. Y de ella aparta el castigo que jure cuatro veces por Dios que él miente, y, la quinta, invocar que la ira de Dios caiga sobre ella si él dice la verdad» [al-Nūr: 6–9].

Cuatro testimonios del hombre, seguidos de la invocación de la maldición de Dios sobre sí si miente, a los que se opone, anulando su efecto, otros cuatro de la mujer, seguidos de la invocación de la ira de Dios sobre sí si su esposo dice la verdad. Esta es la justicia del islam en el reparto de los derechos públicos entre el hombre y la mujer, en un plano en que la condición humana se realiza por igual.

  • En cuanto a la afirmación de que el testimonio de la mujer es la mitad del del hombre en el islam, respondió a ello el Gran Imam, šayj de al-Azhar, el šayj Maḥmūd Šaltūt (1310–1383 H / 1893–1963), Dios lo tenga en Su misericordia: la palabra de Dios, glorificado y altísimo: «Si no hay dos hombres, entonces un hombre y dos mujeres» no se sitúa en el contexto del testimonio con el que el juez dictamina y sentencia, sino en el de la orientación hacia los modos de asegurarse y dar tranquilidad sobre los derechos entre las partes contratantes en el momento de la transacción; pues la aleya está en Su palabra: «¡Oh, vosotros que creéis! Cuando contraigáis una deuda a plazo determinado, ponedla por escrito. Que un escriba la consigne entre vosotros con equidad, y que no se niegue el escriba a escribir como Dios le enseñó», hasta donde dice: «Y procuraos dos testigos de entre vuestros hombres; y si no hay dos hombres, entonces un hombre y dos mujeres, de entre los testigos que aprobéis, de modo que, si una de ellas yerra, la otra se lo recuerde».

El contexto es de aseguramiento de los derechos, no de sentencia sobre ellos. La aleya orienta hacia el mejor modo de aseguramiento, aquel con que las almas de las partes contratantes quedan tranquilas sobre sus derechos.

Y esto no significa que el testimonio de la mujer, en el testimonio de las mujeres no acompañadas de un hombre, no establezca el derecho ni el juez sentencie por él; pues lo máximo que la judicatura exige es la «prueba» (bayyinah).

El sabio Ibn al-Qayyim demostró que la prueba (bayyinah), en la Šarīʿah, es más amplia que el testimonio (šahādah), y que todo aquello con lo que el derecho se evidencia y se hace manifiesto es prueba con la que el juez sentencia y dictamina; de ahí que el juez resuelva con base en indicios concluyentes, y que admita el testimonio del no musulmán cuando confía en él y se tranquiliza con él.

Y que el Corán equipare el testimonio de la mujer, en el aseguramiento, al de un solo hombre no se debe a una debilidad de su raciocinio que implicara una merma de su condición humana y fuese su efecto, sino a que la mujer —como dijo el šayj Muhammad ʿAbduh— no suele ocuparse de las transacciones financieras y demás intercambios onerosos; de ahí que su memoria en ellos sea débil, no así en los asuntos domésticos, que son su ocupación, en los que tiene más memoria que el hombre. Es propio del ser humano en general que se afiance su recuerdo de los asuntos que le importan, que practica y a los que mucho se dedica.

La aleya vino, pues, conforme a lo que era habitual respecto de la mujer, y la mayoría de las mujeres siguen siendo así: no asisten a las reuniones de los préstamos ni frecuentan los mercados de las compraventas; y que algunas de ellas se ocupen de eso no contradice este principio que dimana de su naturaleza en la vida.

Y si la aleya orienta hacia el modo más completo de aseguramiento, y las partes contratantes se hallan en un entorno en que predomina la dedicación de las mujeres a las compraventas y su asistencia a las reuniones de préstamos, tienen derecho a asegurarse con la mujer al modo en que lo hacen con el hombre, una vez que se tranquilicen sobre su buen recuerdo y su falta de olvido, al igual que con el hombre.

Por lo demás, los juristas estipularon que hay cuestiones en las que se acepta el testimonio de la mujer sola, a saber, aquellas cuyos asuntos no es habitual que los hombres conozcan, como el parto, la virginidad, los defectos de las mujeres y las cuestiones íntimas.

Y que hay cuestiones en las que se acepta el testimonio del hombre solo, a saber, aquellas cuyos asuntos excitan la emoción de la mujer, incapaz de sobrellevarlos. Con todo, admitieron su testimonio en lo relativo a la sangre los crímenes cuando resulta la única vía para establecer el derecho y dar tranquilidad al juez. Y que hay cuestiones en las que se acepta el testimonio de ambos juntos.

Capítulo Segundo: ¿Es lícito que la mujer imparta una conferencia en asambleas mixtas de hombres y mujeres juntos?

En torno a esta cuestión advertí un abismo inmenso entre quien tiene a la mujer por igual al hombre en cuanto a movimiento y desplazamiento —e incluso al deambular por la tierra a su antojo, vestir como quiera y mostrarse como le parezca, sin que nadie, padre o esposo, tenga tutela sobre ella, y todo ello como exigencia de la civilización y el progreso— y quien sostiene(1) que ella:

«No es apta sino para vivir bajo la protección de un hombre y bajo su tutela (qiwāmah), pues su resguardo es el secreto de su belleza y de su feminidad. Dijo el Altísimo: "Los hombres tienen autoridad sobre las mujeres en virtud de aquello con que Dios ha favorecido a unos sobre otros, y de lo que gastan de sus bienes", y luego dijo: "Las rectas son obedientes, guardianas en la ausencia del esposo de lo que Dios manda guardar"; esta es la definición de la mujer recta que da el Señor de los mundos, y quien se aparta de ella no es recta; pues ella es la que obedece a Dios, y luego a su esposo y a sus padres.

Y parte de la obediencia a Dios es que responda a Su orden con alegría y con el pecho dilatado, como en la palabra del Altísimo: "No seáis blandas en el hablar, no sea que ambicione aquel cuyo corazón está enfermo, y decid palabra reconocida. Permaneced en vuestras casas y no os engalanéis como se engalanaban en la primera época de la ignorancia; estableced la oración, dad el zakat y obedeced a Dios y a Su Mensajero"... hasta Su palabra: "Y recordad las aleyas de Dios y la sabiduría que se recitan en vuestras casas", hasta Su palabra: "En verdad, los musulmanes y las musulmanas", la aleya —y no mencionó en ella "los emigrantes y las emigrantes", ni "los que convocan y las que convocan", ni "los que ordenan el bien y las que lo ordenan"; en cambio, cuando mencionó las cualidades de los hombres en particular, en la aleya de al-Tawbah, sí mencionó estos rasgos, y dijo: "En verdad, Dios ha comprado a los creyentes sus personas y sus bienes a cambio del Paraíso; combaten en el camino de Dios, y matan y mueren", la aleya, y luego dijo: "Los arrepentidos, los adoradores...", hasta Su palabra: "los que ordenan el bien y los que prohíben el mal". Y cuando mencionó las cualidades de las mujeres en particular, no mencionó estos rasgos, y dijo en la aleya de al-Taḥrīm: "Puede que su Señor, si él os divorcia,

Nota (1): El šayj ʿAbd al-Raḥmān ibn Sālih al-Maḥmūd, fuente electrónica.

le dé a cambio esposas mejores que vosotras: musulmanas, creyentes, obedientes, arrepentidas, adoradoras, devotas del ayuno, casadas anteriormente y vírgenes" —y ellas son de las rectas, las obedientes— mencionando así las cualidades particulares. Y entre las cualidades de las buenas podría haber mencionado: fieles, predicadoras, combatientes o cumplidoras de obras buenas. Pues bien, si a la mujer no se le ordena el combate, tampoco el resto de los tipos de yihad que conlleven exposición al público; en cambio, en cuanto a la daʿwah entre la mujer y sus hermanas y parientes en su casa, o hacia aquella a quien convoca a Dios ordenando el bien y prohibiendo el mal según su capacidad, no hay inconveniente. Pero que ella salga de su casa con el pretexto de la daʿwah a Dios, eso, de ser un bien, habrían sido las primeras en hacerlo Fátima, ʿĀʾišah y las mejores mujeres del mundo. La mujer recta es la que busca la complacencia de su Señor y no sigue el deseo de su alma ni lo que le embellecen los demonios de los humanos y de los genios; es la que permanece en su casa, y si anhela el conocimiento, este le llega en el seno de su hogar por medio de los libros de los sabios, sus grabaciones y sus fatwas». Fin de la cita.

Y para responder a esto decimos: estamos ante dos extremos, separados entre sí tanto como dista el oriente del occidente, en cuanto a la concepción de la cuestión y al planteamiento mismo de la mirada.

El primero: quien ve a la mujer como igual al hombre en todo: en la fuerza corporal, mental y psíquica, en la medida de su resistencia, su paciencia y su capacidad de sobrellevar cargas, en la defensa propia y en la libertad de moverse por la tierra.

La respuesta a ello: quizá quepa admitir lo dicho de que Dios creó a la mujer como un ser independiente con sus derechos propios en todos sus aspectos atendibles; pero Él, glorificado sea, puso en ella cualidades acordes con su condición de hembra: necesita de aquello que de ella se necesita, se apoya como se apoya uno en ella, y es consultada como ella consulta —sin un exceso que conduzca a la disolución de las familias o a la desintegración de las sociedades, sin una libertad que raye en el desenfreno y sin una rebeldía contra el orden de la naturaleza innata (fitrah) y contra la naturaleza misma de la vida.

Y opino que no nos detengamos demasiado en responder a esta opinión, pues contradice en sí misma la naturaleza innata sana, y no se desvía hacia ella sino quien reconoce en sí una suerte de aberración o desviación.

En cuanto a los partidarios de la última opinión —que se cuentan entre la gente de la daʿwah y hablan en nombre de la religión— y solo a efectos de debate, quisiera responder a la afirmación tajante de que la mujer es ʿawrah (lo que debe ocultarse) y fitnah, y de que no hay vida para ella sino con el hombre, lo cual es injusto para con ella; y que Dios...

no la encargó de yihad ni de afán alguno, y que su misión en la vida se limita a ser señora estable de su casa. La base de la respuesta a ello es la siguiente:

La pretensión de que ella es ʿawrah de modo absoluto

Lo que se entiende de este término en tal contexto es que la mujer es un ser que ha de desaparecer de la existencia y no mostrarse a la gente —y esto no concuerda con el texto explícito del Sagrado Corán, donde dijo el Altísimo: «salvo lo que de ella aparezca», indicando que ella existe en medio de la gente y que algo se mostrará de ella: el exterior de sus ropas, lo que asome de su rostro y sus manos, o aquello de lo que a veces no cabe guardarse. Todo esto —a primera vista— da a entender que ella no es ʿawrah en cuanto a su presencia en la sociedad, y que tal noción no fue de la guía del Profeta ﷺ ni del proceder de quienes vivieron en torno a él ﷺ.

Pues la mujer aparecía ante la sociedad como una de sus dos mitades, y el Profeta ﷺ se cruzaba con alguna de ellas en el camino, e incluso la sierva (la criada) tomaba su noble mano ﷺ y se iba con él adonde quería. A modo de testimonio, traemos lo que transmitió Ŷābir ibn ʿAbd Allāh —Dios esté complacido con ambos—, quien dijo: mi tía materna fue divorciada y quiso cosechar sus palmeras (cortar su fruto); un hombre la reprendió por salir, y ella acudió al Profeta ﷺ, quien dijo: «Claro que sí, cosecha tus palmeras, pues quizá des limosna o hagas un bien»(1). El Profeta ﷺ le ordenó en aquella situación que saliera entre la gente a hacer lo que hacen los hombres. Y bien sabes que, propio del trabajo en tal oficio, es que la mujer alce la mano y asome algo de los rasgos de su cuerpo... con recato y sin descubrirse. El Profeta ﷺ no le impidió desempeñar su labor en la sociedad. Y parte de la solidaridad del conjunto de los Compañeros era que cada uno fuese para su hermano como para sí mismo y para su propia hermana, de modo que ella pudiera hallar quien la supliera en esa tarea, le cortara el fruto y se lo trajera, sin tener que padecer por sí misma aquella faena penosa.

Nota (1): Lo transmitió Muslim (1483), de Ŷābir b. ʿAbd Allāh.

En cuanto a «fitnah»: los diccionarios de la lengua recogen que la fitnah es la experiencia o la prueba, la fascinación por algo, el extravío, el pecado, el escándalo, el tormento y lo que ocurre entre la gente de combate... Y en el Sagrado Corán la palabra «fitnah», con sus derivados, aparece cincuenta y ocho veces.

¿Cuál de estos sentidos de la fitnah se aplica a la mujer? Y en cuanto a lo que quiso decir el Profeta ﷺ cuando afirmó: «No he dejado tras de mí fitnah más perjudicial para los hombres que las mujeres» [y en otra versión: «No temo para mi comunidad una fitnah que tema más por ella que las mujeres»].

Quizá el más abarcador de sus sentidos sea el de la prueba y la tribulación, como en la palabra del Altísimo: «¿Acaso piensan los humanos que se les dejará decir "creemos" sin que sean puestos a prueba?»(1), y como dijo Dios Altísimo acerca de la prueba de los creyentes con los incrédulos: «Hemos hecho a unos de vosotros prueba para otros: ¿seréis pacientes?»(2), y como hizo a ricos y pobres prueba unos para otros: «Y así hemos probado a unos con otros, para que digan: "¿Son estos a quienes Dios ha favorecido de entre nosotros?". ¿Acaso no es Dios quien mejor conoce a los agradecidos?»(3).

Por ello, la fitnah por las mujeres se refiere a la prueba de los hombres; pues Dios puso en la constitución de cada uno de los dos sexos —el hombre y la mujer— una inclinación innata hacia el otro, desde que creó a Adán y le creó de su género una pareja. Y la prueba no la representa cada mujer que el hombre encuentra en su vida o con la que trata de algún modo; la fitnah aquí radica en la disposición de la mujer a cometer el error y en el impulso del hombre hacia él, así como en lo que la obra del demonio suscita: exhibir el adorno prohibido, ablandar la voz y cosas semejantes. Y ayuda a entenderlo comprender lo que se transmitió del Profeta ﷺ asociando a la mujer con la fitnah en hadices distintos del que trata de la fitnah por las mujeres, así como las demás versiones en que advirtió de las mujeres que seducen a las criaturas de Dios, afectadas en el decir y en el actuar.

Notas: (1) al-ʿAnkabūt: 2. (2) al-Furqān: 20. (3) al-Anʿām: 53.

Por ello, esa mujer seria, lanzada hacia Dios y Su Mensajero, que afana por la verdad y habla el bien, no es la que se quiere decir cuando se habla de provocar la fitnah. Y Dios tuvo misericordia de las creyentes en general en la sociedad de los musulmanes, y dijo: «Las rectas son obedientes, guardianas en la ausencia del esposo de lo que Dios manda guardar»(1), describiéndolas con las cualidades más rectas, mejores y de mayor esperanza de cercanía ante Él, glorificado sea. Y a través de las demás versiones percibimos qué tipo de mujer consideró el Profeta ﷺ fuente de fitnah y de perdición.

Y quizá incurramos en un grave error si juzgamos la salida de la mujer en pos de un afán o un trabajo —con sus debidos límites— con la mirada de quien ve a todas las mujeres como fitnah. La fitnah, en árabe, comprende los sentidos de extravío, pecado, escándalo, tormento y lo que ocurre entre la gente de combate; y, así como no todos los hombres tienen el corazón enfermo, tampoco toda mujer es fitnah. Y ruego a quien lea estas palabras que evoque cuánto provecho o cuánta reforma aportó su madre a la sociedad, cuál era la buena conducta de su hermana, qué oyó de su tía materna, su tía paterna o su parienta; ¿fueron fuente de seguridad para la sociedad o fuente de peligro? Quizá las honremos a todas como a nuestras propias madres, buscando de ellas el bien, esperando sus súplicas y valiéndonos de quienes tienen experiencia en las dificultades, en la experiencia de los días y la sabiduría de las noches.

Y quizá lo cierto es que la mujer, antaño, cuando salía junto a su hombre al campo a golpear la tierra con su azada, no aportaba sino todo el provecho a la Umma y a la humanidad, y no se la ponía como ejemplo sino en la fuerza y en la salud del trabajo, del alma y del cuerpo.

Y quizá nos ronden por la mente estas cautelas y reservas frente al lanzamiento de la mujer a la daʿwah cuando recordamos los autobuses de pasajeros, con su cuerpo pegado al de un hombre —una mujer que no puede escapar de él ni aunque fuera hacia la muerte—, o la mezcla en los pasillos de las oficinas, o las risas estridentes de mujeres carentes del pudor que impide adoptar lo contrario a la verdad, la piedad y lo reconocido. Pero la corrupción de la gente no recae sobre el principio mismo de la legislación de modo que altere sus realidades o cambie sus rasgos.

Nota (1): De la aleya 34 de la sura al-Nisāʾ.

Y se sostiene que su morada es la casa, donde ha de asentarse, y que la mujer no es apta sino para vivir bajo la protección de un hombre y bajo su tutela.

La respuesta a esto: quizá ello se sostenga al hablar de una convivencia conyugal y de una concordia entre dos partes que se complementan, tomando cada una de su compañero aquello de que carece en sí misma; pues la misericordia que derrama el corazón de la mujer, y la ternura y la suavidad que aporta su feminidad, las complementa en el hombre su firmeza, su empuje, su fuerza, su amparo, su solidez y su mayor sensatez —y ello en proporción con la misión primordial de cada uno en la vida: él afana en la tierra conforme a lo que Dios ordenó, y ella engendra la descendencia, cosa que no alcanzan los más recios y fuertes de los hombres. Pero ella, en todo caso —como aconsejó el Profeta ﷺ en el episodio de la tía materna de Ŷābir ibn ʿAbd Allāh, que partiera a su campo a cortar el fruto de sus palmeras— es capaz de conducirse a buen puerto si, por alguna razón, falta el hombre en su vida, y de educar bien a las generaciones y enseñar a quienes están a su cargo, si ello se le encomienda. Me refiero, además, a la mujer que Dios quiso de entre las hijas de Eva y las nietas de María, Jadīŷah, ʿĀʾišah y sus semejantes —no a la que dibujó el ídolo de la historia.

En cuanto a la afirmación de que en la palabra del Altísimo: «Las rectas son obedientes, guardianas en la ausencia del esposo de lo que Dios manda guardar» hay una definición de la mujer recta, de modo que quien se aparta de ella no es recta —decimos: Dios Altísimo dividió en esta aleya a las mujeres de la sociedad musulmana en dos grupos: el primero, el mencionado; y el segundo, las que caen en la rebeldía conyugal (nušūz). Y acaso se trate, además, de una cuestión atinente a la vida de los cónyuges en el hogar, a las relaciones particulares entre ellos y a las discrepancias que surgen en esa familia en torno al modo de gobernar la casa. Por eso parece improbable que emitamos un juicio sobre la mujer en cuanto a su relación con toda la sociedad.

En cuanto a que la «obediente» (qānitah) es la que obedece a Dios, y luego a su esposo y a sus padres: nada de ello impide que sea, además, conversadora de bien, predicadora del bien o portavoz del bien.

Y la afirmación de que Dios Altísimo no mencionó en la aleya de al-Aḥzāb a «las combatientes», ni a «las predicadoras», ni a «las que ordenan el bien», ni a «las que prohíben el mal» —pues tampoco mencionó en esa misma aleya a «los combatientes», ni a «los predicadores», ni a «los que ordenan el bien», ni a «los que prohíben el mal». La descripción que ofrece la noble sura vino solo a fin de detallar la aptitud de ambos grupos para el sistema moral que preserva a la sociedad de los hipócritas, los entorpecedores, los de corazón enfermo y los sembradores de alarma, de toda laya.

En cuanto a que Dios Altísimo mencionó el «yihad» entre las cualidades de los hombres en particular, en la aleya de al-Tawbah, donde dijo: «En verdad, Dios ha comprado a los creyentes sus personas y sus bienes a cambio del Paraíso; combaten en el camino de Dios, y matan y mueren», la aleya, y luego dijo: «Los arrepentidos, los adoradores...», hasta Su palabra: «los que ordenan el bien y los que prohíben el mal» —el llamamiento de la aleya es común a hombres y mujeres, pues nada lo aparta de su generalidad, como ocurre con Su palabra: «Estableced la oración y dad el zakat»; y porque la orden de gastar en el camino de Dios también es común a hombres y mujeres. Y las cualidades mencionadas en la aleya siguiente de la noble sura son cualidades de adoración en las que, por acuerdo, participan hombres y mujeres.

Y cuando mencionó las cualidades de las mujeres en particular, según su pretensión, y dijo en la aleya de al-Taḥrīm: «Puede que su Señor, si él os divorcia, le dé a cambio esposas mejores que vosotras: musulmanas, creyentes, obedientes, arrepentidas, adoradoras, devotas del ayuno, casadas anteriormente y vírgenes» —y el sentido de «sāʾiḥāt» es las ayunantes— mencionó las prácticas de adoración particulares, y no mencionó entre sus cualidades: «fieles», «predicadoras», «combatientes» ni «cumplidoras de obras buenas».

[Y dicen:] Y si a la mujer no se le ordena el combate, tampoco el resto de los tipos de yihad que conlleven exposición al público; y, por ello, no le es lícito —en virtud de lo anterior— salir de su casa con el pretexto de la daʿwah a Dios, pues eso, de ser un bien, habrían sido las primeras en hacerlo Fátima, ʿĀʾišah y las mejores mujeres del mundo. Hasta aquí la totalidad de la opinión objetada —y la refutación viene en las páginas siguientes.

La respuesta es que Él, glorificado sea, cuando mencionó las cualidades de los hombres en la aleya de Āl ʿImrān: «Los que dicen: "¡Señor nuestro! En verdad, hemos creído; perdónanos, pues, nuestros pecados y presérvanos del castigo del Fuego". Los pacientes, los veraces, los obedientes, los que gastan y los que piden perdón al alba», no mencionó sino cualidades de adoración, sin incluir entre ellas la imputación del yihad ni el viajar por la tierra. Ello prueba que la mención de algunas cualidades en un pasaje del Corán no niega la imputación de las demás. Y, además, hemos de distinguir necesariamente entre lo obligatorio (taklīfī) y lo lícito (mubāḥ): si Dios Altísimo eximió a la mujer de asistir a las oraciones en congregación y a las del viernes, eso no prueba que se le prohíba acudir a ellas o presenciar las congregaciones. Da testimonio de ello lo que se transmitió de Ibn ʿUmar, quien dijo: una mujer de ʿUmar asistía a la oración del alba y a la de la noche en congregación en la mezquita, y se le dijo: «¿Por qué sales, sabiendo que ʿUmar detesta eso y se cela?». Dijo: «¿Y qué le impide prohibírmelo?». Dijo: «Se lo impide la palabra del Mensajero de Dios ﷺ: "No impidáis a las siervas de Dios las mezquitas de Dios"»(1).

Y entre los dos extremos hay un término medio

Que la mujer sea parte de la sociedad; que asuma su deber de preservarla en castidad y pureza; que merezca la confianza de quienes la rodean por su esfuerzo y su desempeño eficaz; y que obtenga de ellos buena intención, buen trato y limpieza de corazón. Pues, como dijimos: no toda mujer es una cortesana, ni todo hombre un libertino; de lo contrario, estaríamos hablando de masas distintas de la sociedad musulmana.

  • Y se transmitió de Ŷābir ibn ʿAbd Allāh, quien dijo: «Mientras estábamos sentados con el Mensajero de Dios ﷺ, vino a él una mujer y dijo: "¡Oh, Mensajero de Dios! Soy la delegada de las mujeres ante ti: Dios, Poderoso y Majestuoso, es Señor de los hombres y Señor de las mujeres; Adán es padre de los hombres y de las mujeres; Eva es madre de los hombres y de las mujeres; y Dios, Poderoso y Majestuoso, envió a Su Profeta a hombres y mujeres. Los hombres, cuando salen en el camino de Dios y son muertos, están vivos junto a su Señor, provistos; y cuando salen, tienen la recompensa que ya...
Nota (1): Acordado: al-Bujārī (900) y Muslim (442), de Ibn ʿUmar.

habéis conocido, mientras nosotras os servimos y nos retenemos por ellos; ¿tenemos en eso recompensa?"». Le dijo el Mensajero de Dios ﷺ: «Transmite a las mujeres mi saludo, y diles que la obediencia al esposo equivale a todo eso, mas pocas de vosotras lo cumplís»(1).

Y en la versión de Ibn ʿAbbās —Dios esté complacido con ambos—, dijo: «Vino una mujer al Profeta ﷺ y dijo: "¡Oh, Mensajero de Dios! Soy la delegada de las mujeres ante ti: el yihad lo prescribió Dios sobre los hombres, y si aciertan son recompensados, y si son muertos están junto a su Señor, provistos; y nosotras, el género de las mujeres, los atendemos; ¿qué nos corresponde de eso?". Dijo el Profeta ﷺ: "Haz saber a cuantas mujeres encuentres que la obediencia al esposo y el reconocimiento de su derecho equivalen a eso, mas pocas de vosotras lo cumplís"».

  • Dios quiso enseñar a los hombres una lección importante, y dejar sentado ante la madre, en esta vida, ante las de su sexo y también ante los hombres, que el rango que tienen ante Dios Altísimo los hombres y las mujeres es uno solo, y que la obediencia al esposo es una merced para la mujer por la recompensa que de ella se sigue, y una merced para el hombre por completar con ella la mitad de su vida.

Y quizá un hombre, irritado con su mujer por tenerla por incapaz, de pasos y movimientos vedados, la llevó a buscar como testimonio frente a él lo que el Mensajero de Dios ﷺ emplea para reconfortarle el corazón —y el Profeta ﷺ la trató con bondad cuando ella adujo su palabra en la otra versión:

  • De Asmāʾ bint Yazīd ibn al-Sakan, dijo: «Vine al Mensajero de Dios ﷺ, que estaba sentado con sus Compañeros, y dije: "¡Oh, Mensajero de Dios! Soy la delegada de las mujeres ante ti; no hay mujer que haya tenido noticia de mi venida a ti que no comparta mi parecer. Dios, bendito y altísimo, te envió a hombres y mujeres, y creímos en ti y en tu Dios, que trajiste; y Dios os ha favorecido sobre nosotras —el género de los hombres— con la congregación, el viernes, la visita a los enfermos, el acompañamiento de los funerales y, mejor aún, el yihad en el camino de Dios. Y cuando uno de vosotros sale combatiente, peregrino mayor o menor, nosotras guardamos vuestros bienes, hilamos vuestras ropas y os criamos a vuestros hijos; y nosotras, el género de las mujeres, estamos confinadas y recluidas, sustentadoras de vuestros hogares —¿acaso no compartimos esa recompensa con vosotros?"». Entonces el Mensajero de Dios ﷺ se volvió hacia sus Compañeros con todo su rostro y dijo: «¿Habéis oído las palabras de esta mujer?». Dijeron: «No pensábamos que mujer alguna se guiara a algo como
Nota (1): El hadiz de «la delegada de las mujeres»: transmitido por varias vías, la más fuerte la de Ŷābir vía Ibn Abī al-Dunyā; lo preponderante es que es débil (al-Albānī lo debilitó), por lo que se cita con la fórmula de la debilidad.

aquello a lo que se ha guiado esta mujer». Dijo el Mensajero de Dios ﷺ: «Sabe —y haz saber a las mujeres que están detrás de ti— que el buen trato conyugal de la mujer hacia su esposo, y su empeño en complacerle y satisfacerle, equivalen a todo eso».

Y no se tuvo por vedado que la mujer expusiera sus asuntos particulares y su relación con su esposo ante el Mensajero ﷺ y sus nobles Compañeros, en el círculo público o durante el discurso del Profeta ﷺ a sus Compañeros —hablaba una mujer con su recato, con pleno aprecio hacia quien la convoca, con su fe, con la bondad de su expresión y la castidad de su lenguaje.

De Abū Naḍrah, de al-Ṭufāwī, dijo: dijo el Mensajero de Dios ﷺ: «¿Acaso alguno de vosotros cuenta lo que hace con su mujer? ¿Y acaso alguna de vosotras cuenta lo que su esposo hace con ella?». Entonces se levantó una mujer negra y dijo: «¡Oh, Mensajero de Dios! Ellos ciertamente lo hacen, y ellas ciertamente lo hacen». Dijo el Mensajero de Dios ﷺ: «¿No os informo de un símil de eso? Es como el de un demonio que encontró a una demonia y la poseyó en el camino mientras la gente miraba, y satisfizo su deseo con ella mientras la gente miraba».

Y vemos que el Profeta ﷺ no reprobó ninguno de los casos anteriores; pues, si la palabra de la mujer fuese ʿawrah entre los hombres, el Profeta ﷺ habría enseñado a las mujeres a no hablar en presencia de ellos —ya que hay consenso de los sabios en que no es lícito demorar la explicación más allá del momento de su necesidad. Esto indica que es lícito que la mujer imparta una conferencia en asambleas mixtas de hombres y mujeres juntos, con los límites legales que se han expuesto.

***

¿Es lícito que participe en una entrevista televisiva que ven millones a través de los canales satelitales, siendo ella de quienes no consideran obligatorio cubrir el rostro?

Tras repasar varias de las fatwas que nuestros šayjs publicaron en la red (Internet)(1), advertí que existe algo así como una objeción o una postura contraria a la aparición de la mujer en las pantallas de los medios.

Las fatwas se apoyaron, en su mayor parte, en lo siguiente:

Primero: el varón no es como la hembra, y la mujer difiere del hombre en la figura, los órganos externos y los rasgos generales, así como en lo que le sobreviene de menstruación y demás; ello exige que la mujer desempeñe un papel acorde con su naturaleza y su función corporal.

Segundo: lo más importante que la mujer hace y atiende es su casa; pues la función de la maternidad, la familia y el hogar es de las más sublimes e importantes, y jamás se debe ser indulgente con ello ni menospreciar su valor.

Tercero: la mujer puede volcar su esfuerzo en mejorar su apariencia y su imagen ante los espectadores.

Cuarto: puede ocurrir que se dé una situación de aislamiento (jalwah) con hombres ajenos a ella durante la grabación, la preparación y demás.

Quinto: muchos profesionales de los medios no presentan a la mujer en este campo sino para atraer las miradas de quienes no cuidan su vista; pues es sabido que la mujer no añade nada nuevo al noticiario ni al programa.

La respuesta a ellas —a nuestro parecer, y pedimos a Dios el bienestar en la religión y la rectitud en el decir—:

  1. «El varón no es como la hembra» es un lema que esgrime, donde le conviene, quien se ampara en él; y hemos de distinguir necesariamente entre que ella sea como el hombre en cuanto ser humano, derecho y deber, y que no lo sea en lo que el contexto de las aleyas trae sobre lo que
Nota (1): Fatwas publicadas en sitios electrónicos (Islam Web y el Foro al-Muslim).

era el proceder de los hijos de Israel, de no reconocer a la mujer como un ser capaz de cumplir con el deber igual que el hombre. Y eso no es, en sí, impedimento para los trabajos que se le encomiendan, de los que es capaz, dentro de sus límites morales. Más aún: estos medios novedosos —con el bien que encierran, según se ha dicho— tienen mayor necesidad de cuadros virtuosos, hombres y mujeres, dada la diferencia de naturalezas, culturas y métodos educativos propios de cada cual.

  1. En cuanto a que vuelca su esfuerzo en mejorar su imagen ante los espectadores: eso parte, de raíz, de la mala opinión; pues si a la mujer se le impide salir engalanada con su adorno, ¿qué decir de su aparición ante las masas a través de la pantalla? Por ello, lo autorizamos aquí a quien conozca sus derechos y sus deberes en cuanto a los límites del vestir, el adorno y la no blandura en el decir. Y cabe hallar su palabra allí donde se muestre como el modelo que atrae a quien la escucha o la ve.
  1. En cuanto a que la mujer no aporta nada al espacio mediático: ello se concibe bien si lo ceñimos a un noticiario o a una entrevista política; pero si hay un saber útil en una especialidad en la que ella ha sobresalido, o un diálogo sobre una cuestión que atañe a las de su sexo, o algo con lo que está vinculada y en lo que es más influyente, el caso es distinto.
  1. El aislamiento (jalwah) con hombres durante la grabación: quienes han conocido estos ambientes saben que la grabación de los episodios o los programas no carece de la presencia de los camarógrafos, los encargados de la iluminación, el director, los asistentes y otros. Lo procedente, en esta cuestión, es plantearse el caso de que ella esté sola en medio de todos ellos; entonces el asunto dependerá de la existencia de una compañía segura o de un maḥram. Y ello

obedece al mismo problema que se le presenta a la mujer cuando trabaja, sea cual sea la labor, junto a hombres; cuestión que se remite al precepto sobre el trabajo de la mujer, su licitud o no, y a sus límites legales.

Y, en esta realidad concreta, no debemos olvidar que la mujer se ha convertido en profesora a quien ven sus estudiantes en la universidad —queramos o no— y en médica a quien acuden sus pacientes —también queramos o no—, y que, al cerrar tales puertas, tememos que se nos abran otras que no podremos cerrar. Si algún trabajo y empeño nos corresponde, es el de afanarnos por la reforma según la capacidad, frente a cuanto pueda infiltrarse en el alma y debilitarla —como el amor a la fama, el embeleso del estrellato o la carrera tras el dinero—, todas ellas tentaciones (fitan) que alcanzan por igual a hombres y mujeres.

¿Es lícito que desempeñe el papel de presentadora del programa en estos encuentros públicos, pese a que hay jóvenes que lo hacen bien?

Esta cuestión exige, en concreto, que busque el impedimento o lo que la permite; pues el principio —como expusimos al describir la consideración del islam hacia la mujer— es que ella es ese ser independiente en su esencia y su identidad, a quien la religión garantizó los derechos y a quien impuso los deberes. Y dado que el desempeño de tareas que le son propias concuerda a veces con su formación académica o con su afición personal, el objeto de la investigación no es ofrecerle la oportunidad o no, sino:

¿cuáles son los límites de los que la mujer o la joven ha de precaverse necesariamente durante este trabajo? La mayor de nuestras causas de prohibición es el campo mediático en sí: su trayectoria entre la gente no fue, durante largo tiempo, buena; se enturbió la imagen de quienes obraban bien, hasta el punto de que consideramos que en él la mala obra se generaliza y la buena queda confinada a casos aislados. Quizá esta mirada necesite cambiar, y ello no se logrará sino renovando las fuerzas en este terreno.

Vivimos tiempos en que en Egipto no conocíamos sino el primer y el segundo canal, ambos gubernamentales, que emitían a la gente lo que querían los políticos, de modo que el juicio general sobre ver la televisión era la reprobación, salvo lo que de ella fuera lícito, como la abundancia de noticias; y de lo que la afeaba era ver a las «vestidas pero desnudas», como viene en el hadiz. Pues si, andando el tiempo, se elevaran quienes trabajan en el campo de la daʿwah —ya que es preciso renovar las fuerzas y mudar la imagen mental de la gente común mediante la imagen visual de los canales satelitales—, veríamos a los próceres de la Umma derramar sobre nosotros el bien y el conocimiento con que Dios los favoreció.

Asimismo, la realidad actual exige mudar la imagen general de la mujer, a quien la gente solo conoce, a través de la pantalla, como un cuerpo desnudo, o como reclamo para promover una moda nueva de vestido o cualquier otra mercancía.

No hay, pues, inconveniente en que mudemos la escena mediática con los mismos medios, observando las debidas cautelas. ¿Y qué impide que haya una facultad de estudios de medios en nuestras universidades islámicas de todo el mundo, de la que se gradúen predicadoras que conozcan el derecho de Dios y el de la humanidad, y sepan promover la virtud en un tiempo en que sus rasgos se han desdibujado? Y pedimos a Dios el bienestar.

De lo más reprochable que cabe hallar al ver un programa (de cualquier tipo) presentado por una mujer es que coquetee con su invitado mediante un gesto de los ojos —insinuando algo sobre su aspecto—, o que ello parezca un menosprecio de su rango ante los espectadores por la vía de la sugestión; o que mire abiertamente a la cámara, mientras el camarógrafo se ingenia en captar sus miradas de admiración, disgusto, ira o alegría, y demás.

Pero si se halla la mujer que baja la vista y no la alza sino en la medida en que el contexto lo permite —y mejor aún si recibe en su programa a mujeres recatadas, sabias y juristas— y se halla el camarógrafo que conoce el límite que Dios fijó en cuanto a mostrar lo que asome del adorno de una mujer, y la ropa no es llamativa en sí, salvo por su pulcritud y la ausencia de vulgaridad —no hay inconveniente en que la mujer o la hermana presente su programa, con los criterios que hemos mencionado. Y Dios, Altísimo, es quien mejor sabe.

El defecto patente hoy reside en las carencias de la buena presentación de la daʿwah, de palabra y de obra; pues, si no hallamos entre los sabios quien permita hoy a la mujer presentar un programa de diálogo o radiofónico, quizá la causa, hasta ahora, sea la falta de un modelo que imitar. De ahí que el asunto dependa de las hechuras de las personas, y no de los fundamentos de la Šarīʿah.

***

¿Es lícito para la mujer, si su esposo le impide participar en las actividades de daʿwah —pese a no descuidar sus deberes conyugales—, tener eso por un perjuicio (ḍarar) contra ella? ¿Y es pecadora si pide el julʿ o la separación por perjuicio por esta razón?

Si el juicio sobre una cosa se deriva de cómo se la concibe, deseo primero plantear las causas que pueden mover a un hombre a impedir a su mujer trabajar en la daʿwah, y el momento de tal impedimento.

Si ello ocurre al inicio del acuerdo matrimonial, y él no la quiere, de entrada, trabajando en este campo, entonces lo que la vinculará será aceptar sus condiciones y aquello sobre lo que se asentará el contrato, sea accediendo a su deseo o rechazándolo; y ella tiene derecho a no casarse con él si entiende que no cumplirá con lo que estipule el contrato, pues el texto es explícito: «¡Oh, vosotros que creéis! Cumplid los contratos»(1).

Y si el impedimento sobreviene tras haberse difundido su fama y extenderse su saber, se examina la causa: ¿es por temor por ella, o por un arranque de celos y cosas semejantes? Pues estos asuntos se ponderan según su justa medida, y no emite fatwa sobre ellos sino el sabio que conoce el estado de ese esposo y de esa mujer.

Y digo esto porque un juicio general en esta cuestión aboca a una disputa intensa entre los cónyuges, con la consiguiente destrucción de los hogares y dispersión de la descendencia, que es el primer fin del matrimonio. Y aumenta la complejidad del asunto que los próceres y juristas de la Umma no permitieron a la mujer salir de la casa de su esposo sino con su permiso, ni siquiera para visitar a su padre o a su madre; de ello:

Dijo el šayj del islam Ibn Taymiyyah, Dios lo tenga en Su misericordia, en las Fatāwā: «La mujer, al casarse, queda más sujeta a su esposo que a su padre, y la obediencia a su esposo le es más obligatoria».

Nota (1): De la aleya 1 de la sura al-Māʾidah.

Y dijo también: «No le es lícito salir de su morada sino con su permiso, ya se lo ordene su padre, su madre u otro distinto de su padre, por acuerdo de los imames».

Y dijo Ibn Ḥaŷar al-Haytamī en al-Fatāwā al-Fiqhiyyah al-Kubrà —tras enumerar las situaciones de necesidad en que es lícito que la mujer salga sin permiso de su esposo—: «No para visitar a un enfermo, aunque sea su padre, ni por su muerte ni para asistir a su funeral».

Y dijo Ibn Qudāmah en al-Mugnī: «El esposo tiene derecho a impedirle salir de su morada hacia aquello de lo que ella puede prescindir, ya quiera visitar a sus padres, atenderlos en su enfermedad o asistir al funeral de uno de ellos». Dijo Ahmad sobre una mujer que tiene esposo y una madre enferma: «La obediencia a su esposo le es más obligatoria que la debida a su madre, salvo que él le dé permiso».

No soy yo quien haya de glosar las palabras de los sabios en esta cuestión, por respeto a su discurso y a su rango. Y de ellas comprendo que la mujer debe obedecer a su esposo aun en dejar el deber de la piedad filial —¿qué decir, pues, de la daʿwah voluntaria?

Cabe entonces preguntarse: ¿y qué si la daʿwah alcanzara el rango de obligación, sin que existiese quien la supliera? Pues dijo el Altísimo: «No conviene que los creyentes partan todos. ¿Por qué, pues, no parte de cada grupo de ellos una facción para instruirse en la religión y advertir a su gente cuando vuelvan a ella, a fin de que se prevengan?»; ¿se mantiene entonces el juicio de obedecerle y no desobedecerle, sabiendo que «aquello sin lo cual no se cumple el deber es, a su vez, deber»?

¿Y qué si su impedimento obedece a una necesidad propia, mientras ella se afana por mantener a la vez su daʿwah y su hogar?

No son sino algunas preguntas que nos imponen cierta cautela en tal juicio y nos llevan a remitirlo a los casos individuales, juzgándose cada uno por separado. Y Dios es a quien se implora ayuda.

En cuanto a si tiene derecho a pedirle el julʿ por esa causa o no, la cuestión, como la anterior, depende del grado de discrepancia entre los puntos de vista de ambas partes; pues nadie sensato sostiene que la mujer, en este caso, sea como una máquina que trabaja o se detiene con la pulsación de un botón o la señal de un dedo. El asunto exige examinar los verdaderos motivos tras el impedimento de él y tras la insistencia de ella en seguir adelante; luego el jurista inclinará uno u otro platillo de la balanza según los indicios que tenga ante sí.

Y en cuanto a si es pecadora al pedirle el julʿ o no, la respuesta es:

Primero: el conocimiento de los corazones solo lo posee Dios, y penetrarlos es difícil; por ello, abstenerse del juicio es más prudente que dictarlo, ya que se asentaría sobre lo oculto.

Segundo: se examina su estado con los siguientes criterios: en qué medida cumple con el derecho de su esposo y de su hogar, y si ese cumplimiento es una mera pretensión o una realidad, según lo reconozca el esposo y según los hechos; si está cualificada para el trabajo de daʿwah; y en qué medida la sociedad o la labor de daʿwah la necesitan. Pues si alcanza un grado tal en todo ello, cumple con su esposo el derecho que la Šarīʿah le impone hacia él, está además cualificada para el trabajo y no es en él una advenediza, su aportación promete fruto abundante y, encima, la necesidad de ella es apremiante —como es el caso en los países cuya realidad vivimos hoy— entonces no hay pecado sobre ella, sino que el pecado recae sobre él, por interponerse entre ella y el provecho que de ella podría obtener la sociedad, y por privarla de preservar a la sociedad de los pecados de las tentaciones en la medida en que ella pueda lograrlo.

Tercero: importa reparar en lo valioso que es que aconseje a su esposo —si es de corazón sano y celoso de la religión— sobre la importancia de lo que hace, y que ambos obtendrán juntos, ante Dios Altísimo, la recompensa del conocimiento y la capacidad que Él le concedió.

Pero, entre los consejos, está este: que una predicadora no debe emprender un trabajo con el que perciba la ira de su esposo —a la que puede seguir, si el esposo es ignorante, la ira de Dios Altísimo—, ni reformar los hogares y las situaciones de la gente mientras echa a perder su propio hogar y su propia familia.

¿Es lícito que participe en encuentros públicos de daʿwah en la calle o en las conferencias y los simposios? ¿Y es lícito que predique a los hombres en una mezquita desde detrás de un velo o directamente? ¿Por ejemplo, dando una reflexión (jātirah) en el mes de Ramadán, o respondiendo a preguntas jurídicas de hombres y mujeres juntos?

Ya se ha esclarecido que la mujer a quien el islam educó, cuyos derechos preservó, cuyo rango elevó y a quien honró, fue hecha por él un ejemplo a seguir; que debe cumplir del mejor modo con su deber como madre, educadora de generaciones y maestra del bien; y que ha de contribuir con su conocimiento y su esfuerzo a enaltecer el estandarte del islam y a iluminar a las de su sexo con cuanto les reporte provecho fecundo.

Y entre lo que sobre ella recae está la daʿwah a Dios y el ordenar el bien y prohibir el mal —con los modales legales que le competen como mujer—; y le incumbe organizar su tiempo entre sus deberes y ordenar sus prioridades: elevarse a sí misma en la fe y engalanarse con las prácticas de adoración, cuidar de su esposo y su hogar, educar a sus hijos y comunicarse con ellos a la luz de las circunstancias de la época —de modo que logre el equilibrio entre su misión en el hogar y cuanto rodea a su familia en la sociedad exterior.

Y si rastreáramos la historia de la mujer en el islam, hallaríamos que la mujer musulmana dio el más espléndido ejemplo y modelo a las de su sexo por su conocimiento, su buena educación y su empeño en recibir el saber de sus fuentes auténticas y obrar con él. ʿĀʾišah —Dios esté complacido con ella— nos legó el más espléndido ejemplo del afán de la mujer musulmana por aprender; pues se distinguía por su conocimiento abundante y vasto en los distintos campos del saber: el hadiz, la medicina, la poesía, el fiqh y las particiones hereditarias. Dijo de ella el imam al-Zuhrī: «Si se reuniera el conocimiento de ʿĀʾišah con el de todas las madres de los creyentes y el de todas las mujeres, el de ʿĀʾišah sería el mejor de todos».

Y dijo Hišām ibn ʿUrwah: «No vi a nadie más versado en fiqh, ni en medicina, ni en poesía, que ʿĀʾišah». Era —Dios esté complacido con ella— muy dada a la corrección y la indagación; pues mencionó al-Mizzī que no oía algo que no conociera sin volver sobre ello hasta conocerlo. Asimismo, se cuenta entre los transmisores prolíficos del hadiz y, tras la muerte del Mensajero ﷺ, fue un modelo espléndido de la casa de la profecía y un faro del conocimiento...

Y de los testimonios: la palabra de la mujer en la mezquita, presente entre hombres y mujeres, según lo ya indicado a propósito del hadiz de Asmāʾ bint Yazīd, apodada «la delegada de las mujeres».

Y el asunto —como se dijo— exige examinar en qué medida se la necesita, qué conocimiento posee y cuánto acepta la sociedad su aparición en las mezquitas, los círculos públicos, los simposios o los encuentros públicos de daʿwah; y que no medie incitación ni pretensión de que la mujer sea como el hombre en los discursos de las mezquitas, ni de lo que de ello pudiera surgir: la reclamación de que dirija la oración para completar los aspectos de la igualdad...

Recomendaciones

  1. La experiencia de la mujer con los medios, en el pasado, no fue buena en ningún nivel; pero se dio en el ámbito de lo que se llama arte e interpretación. Quizá necesitemos combatir ese desvío por la misma vía, aunque con un fin distinto y orientando el medio hacia la presencia de la mujer en el espacio de la daʿwah, de manera que se ofrezcan a nuestros hijos e hijas más modelos buenos a imitar en la vida real y en el compromiso con la religión. Y hemos de reevaluar necesariamente los entornos de fe que acogen a la mujer, y las sociedades enfermas de las que tememos por nuestras hijas aunque permanezcan en el seno de su hogar.
  1. Los límites de la participación de la mujer en los medios son los límites de la responsabilidad en general, comunes a ella y al hombre: que la participación no contravenga la Šarīʿah en cuanto a las ideas que se exponen y las opiniones que se promueven. Y hay límites particulares para la mujer, que varían según el tipo de medio en que participe; entre ellos, que no debe exhibir sus encantos —ni en los medios visuales ni en la prensa—, así como le está vedada la blandura en el decir y el suavizar el habla de modo que atraiga a los hombres al participar en los medios sonoros.
  1. Nadie sino ella misma puede descubrir cómo ser un miembro eficaz de la sociedad; pues la mujer musulmana que porta un pensamiento y una conciencia sanos hallará sin duda el campo idóneo en el que servir a su sociedad sin contravenir su religión, siendo en ella miembro eficaz. Los ámbitos son amplísimos, casi innumerables; pero la mujer ha de elegir lo que le convenga en cuanto a tiempo, inclinaciones y deseo, y aquello en lo que prevea lograr resultados positivos, sin que su labor revierta en perjuicios sobre sí misma y su familia.
  1. Es preciso reconsiderar la estructura de los canales y los programas que abordan las cuestiones de la Umma, y dar a la mujer en ellos una presencia más acorde con su entidad y su rango, y que mejor la preserve de las confrontaciones a que pueda verse expuesta; por ejemplo, que los programas femeninos cuenten, en su realización y en su organización administrativa, con un equipo de especialistas atentas a lo que conviene y a lo que no. Así hallaremos la solución intermedia en la controversia en que se reparten las opiniones sobre esta cuestión.

Índice

  • Introducción
  • Preliminar
  • Capítulo Primero: El rango de la mujer en el islam
  • Capítulo Segundo: ¿Es lícito que la mujer imparta una conferencia en asambleas mixtas de hombres y mujeres juntos?
  • Recomendaciones

Palabras clave

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